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Informativo ICTJ
Informativo ICTJ Colombia y las Américas - No.4 | Octubre 2008

Noticias ICTJ Colombia

El reconocimiento, la dignificación y la memoria: claves para la reparación

Reparación

Foto: ICTJ Colombia © 2008

 

La reparación no es recibir un cheque a vuelta de correo o en una ventanilla anónima, tampoco la construcción de escuelas, caminos o alcantarillados. Como lo explica el psicólogo sudafricano Brandon Hamber, experto en criminología comparada en contextos de transición política, la reparación genuina y el proceso de sanación, no ocurren a través de la entrega de un objeto (dinero, obra o monumento), sino a través del proceso que tiene lugar alrededor de dicho objeto.

 

El reto es entonces cómo dotar de sentido –de sentido reparador– a una serie de objetos, empezando por el dinero. Las manifestaciones y expresiones de reconocimiento, de dignificación y la memoria resultan elementos clave para la construcción de dicho proceso de sentido.

 

Como lo hemos dicho en esta columna, cuando la reparación administrativa pretende ser una medida de justicia en contextos de violaciones masivas y sistemáticas a los derechos humanos, ésta expresa el reconocimiento de lo que pasó, de las consecuencias que aquello que pasó dejó en las víctimas, de la responsabilidad –jurídica, moral y política– que le cabe al Estado en las violaciones a los derechos humanos, de la decisión del Estado de acoger en la comunidad política a aquéllas personas que antes fueron excluidas, perseguidas y victimizadas, y del compromiso de que lo que pasó no vuelva a ocurrir.

 

El reconocimiento de que los hechos ocurrieron, de que fueron injustos y de que no se deben repetir contribuye a la elaboración del trauma y al proceso de sanación. El reconocimiento, en buena medida, dibuja aquella línea divisoria entre el pasado y el presente. Las acciones de reconocimiento y conmemoración resignifican el pasado y son parte del camino para asumir dicho pasado y reconstruir las relaciones sociales. En términos de Carlos Martín Beristain, la elaboración del trauma supone reconocer que éste ha quedado atrás: sustituir la simultaneidad sicológica por una secuencia pasado-presente; ir desalojando poco a poco el lastre del agravio y el resentimiento que nos mantiene apegados a un ayer interminable.

 

Las acciones que contribuyen a que se asuma la verdad como parte de la conciencia moral de la sociedad pueden ayudar a la recuperación de la dignidad de las víctimas. La negación y el no reconocimiento social de los hechos tienden a que las víctimas y sus familiares asuman el daño como una experiencia exclusivamente privada, viéndose envueltos en círculos de silencio. Así, por ejemplo, los Hijos e Hijas por la memoria y contra la impunidad nos hablan de los `violentos silencios´ que los obligaron a encerrar sus recuerdos en espacios privados, herméticos y limitados y del partido que han tomado por la necesidad de recordar, de reivindicar la legitimidad de su historia.

 

Teniendo en cuenta que, por ahora, la reparación administrativa en Colombia no responde a los hallazgos de una comisión de la verdad o de esclarecimiento histórico –como fue el caso de Sudáfrica, Argentina, Perú o Guatemala– habría que idear formas para vincular las medidas de reparación con el reconocimiento de los hechos y las violaciones que se pretende reparar. Para esto, la CNRR y el Comité de Reparaciones administrativas podrían usar de manera creativa las facultades que le otorgan la ley 975 de 2005 y el Decreto 1290 de 2008: entre ellas asegurar la preservación de la memoria histórica, la aceptación pública de los hechos y el reconocimiento público de las víctimas, el perdón público y el restablecimiento de la dignidad de las víctimas, la realización de actos conmemorativos y la construcción de monumentos públicos.

 

Ahora, no partimos de cero en Colombia en la empresa de dotar de sentido –a través del reconocimiento, la conmemoración y la memoria –a las distintas medidas económicas y materiales de reparación. Debemos aprender de los aciertos y de los errores de los múltiples procesos de reparación a instancias del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, entre ellos en el caso de los hechos de Trujillo, que se revisita con la presentación del primer Informe del Grupo de Trabajo sobre Memoria Histórica de la CNRR.

 

Las experiencias de Trujillo y Villatina nos enseñan, al menos, cinco grandes lecciones: primero, que sí ha sido posible que el Estado, en cabeza de sus más altas autoridades reconozca su responsabilidad en los hechos; segundo, que la forma que adoptan dichos actos de reconocimiento es clave para la satisfacción o no de las víctimas; tercero, que la construcción de monumentos públicos es un proceso sumamente complejo donde no se debe presuponer ni el acuerdo ni el consenso de las víctimas; cuarto, que además de los monumentos existen muchas otras formas de conmemorar que pueden resultar más atractivas para las víctimas, entre ellas los materiales audiovisuales; y quinto, que los actos de reconocimiento y conmemoración sin medidas económicas y materiales de reparación pueden ser altamente frustrantes.

 

No se trata entonces de embarcarnos en la construcción de monumentos bajo el prurito de cumplir con la reparación simbólica, sino, en primer lugar, de emprender procesos públicos de reconocimiento de lo que pasó, de construir la línea que separa un pasado de negación, silencio y exclusión de un presente –o un futuro– donde se resignifique la historia de las víctimas.

 

Catalina Díaz, ICTJ Colombia
8 de Septiembre de 2008


 

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