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Informativo ICTJ
Informativo ICTJ Colombia y las Américas - No.5 | Marzo de 2009

Noticias ICTJ las Américas

Reparaciones:
Por el reconocimiento de todas las víctimas

Reparaciones, por el reconocimiento de todas las víctimas

El año pasado, más de 100 mil personas pidieron ser reparadas por vía administrativa en Colombia.

Foto: César Baeza Hidalgo

 

  • Un paso fundamental para hablar de reparaciones en 2009 es avanzar en el reconocimiento de todas las víctimas, tanto del estado como de los grupos armados ilegales: reconocer los hechos, sus consecuencias, las responsabilidades, y la condición de ciudadanía de los afectados.

 

La adopción de la ley sobre los derechos de las víctimas, su eventual implementación, los fallos en los procesos penales de justicia y paz y la aplicación del decreto 1290/08 marcarán sin duda la agenda pública y mediática en torno a la reparación de las víctimas de la violencia en Colombia en este 2009.

 

El debate, sin embargo, debe trascender la distribución de sumas económicas y fijarse además en otros asuntos clave para la reparación de todas las víctimas: la restitución de bienes, tierras y territorios; la reparación colectiva de comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas; la rehabilitación física y sicológica, las medidas en educación, y por supuesto, el esclarecimiento de lo que pasó, la atribución de responsabilidades y el reconocimiento de las víctimas por parte del Estado y de los perpetradores.

 

Con el Decreto 1290 y en el curso de los debates públicos a propósito de la ley de víctimas, quedó en evidencia que para el Gobierno nacional la reparación se basa en la solidaridad y no en la responsabilidad. Lo importante es reconocer que una reparación genuina –y lo que la diferencia de la asistencia humanitaria– tiene su fundamento político y jurídico en la responsabilidad por lo que pasó. En este sentido, el Gobierno podría avanzar asumiendo al menos, su responsabilidad por no garantizar la vida y demás derechos de las víctimas.

 

El reconocimiento de lo que pasó y las consecuencias que tuvo para las víctimas como fundamento de la reparación administrativa, debe provenir del gobierno nacional. Mientras esto ocurre –y para animarlo– otras instancias oficiales y los gobiernos locales pueden jugar un papel importante, además del rol de los tribunales judiciales. . El nuevo Comité de Reparaciones (Decreto 1290) y la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR), podrían buscar que los resultados que produzca el Grupo de Trabajo de Memoria Histórica y el esclarecimiento de la verdad que surja a partir de las decisiones judiciales de los Tribunales de Justicia y Paz se traduzcan en programas específicos de construcción de una memoria histórica sobre lo sucedido. De otra parte, es clave la relación que pueda establecerse entre las medidas económicas y las simbólicas que se contemplan como formas de satisfacción en el Decreto 1290.

 

Los gobiernos locales, por su parte, pueden también articular un discurso público de reconocimiento a las víctimas y cumplir un papel en la reparación simbólica, a través de actos públicos de reconocimiento y memoria, la disposición de días de remembranza, la construcción de parques, museos y galerías de la memoria, entre muchas otras iniciativas. Para que este tipo de medidas tengan un real sentido reparador deben ser discutidas con las víctimas y la comunidad en general.

 

Otro de los retos para la reparación es persuadir al Gobierno nacional de que no es justo, legítimo ni legalmente válido que las víctimas de agentes estatales sean sometidas a procedimientos discriminatorios frente a las víctimas de grupos armados al margen de la ley. Esta idea básica debe incorporarse en la cultura y discurso público y materializarse en políticas públicas. Las víctimas del estado siguen excluidas del procedimiento del decreto 1290 e incluso, en la práctica, de la ayuda humanitaria por muerte prevista en la ley 418 de 1997.

 

A continuación, presentamos algunos de los temas, problemas y preguntas clave que se deberán examinar este año en cada uno de los escenarios que componen la agenda de trabajo en materia de reparaciones:

 

Reparación administrativa:

 

Decreto 1290/08

Foto: César Baeza Hidalgo

 

Más de 100.000 víctimas presentaron durante 2008 solicitud de reparación administrativa en el marco del decreto 1290. Sin embargo, aún hay muchas preguntas de forma y de fondo cuya respuesta es necesaria para dar trámite a las peticiones, como por ejemplo:

  • ¿Para el Consejo de Reparaciones las víctimas que recibieron ayuda humanitaria en virtud de la ley 418 de 1997 (y sus sucesivas prorrogas) ya fueron reparadas?
  • ¿Aplicará el Consejo de Reparación la jurisprudencia constitucional que distingue claramente entre atención humanitaria, servicios sociales del Estado y reparación?
  • ¿Cuál será la relación entre la entrega de sumas de dinero y acciones de memoria y reconocimiento de los hechos?
  • ¿Se diferirán los pagos en sumas anuales o se pagará una suma única?
  • ¿Cuándo y cómo desarrollará el CONPES las otras medidas de reparación prometidas en el Decreto, como la rehabilitación sicológica y las medidas de restitución de derechos, entre ellas, eventuales becas de educación?
  • ¿Recibirán las víctimas la suma como genuina reparación o como una extensión de la asistencia humanitaria?

Ley de víctimas:

 

Ley de víctimas

Foto: Simone Bruno

 

Para que la aprobación de dicho proyecto sea una contribución genuina a la garantía de los derechos de las víctimas en Colombia, es clave que el Gobierno nacional ceda para llegar a fórmulas acordes con las obligaciones internacionales del Estado colombiano.

 

Puntos cruciales que debería incluir esta ley son: la responsabilidad como fundamento ético, político y jurídico de la reparación; incorporar a las víctimas de agentes de estado como sujetos de reparación en igualdad de condiciones, sin someterlas a procesos discriminatorios frente a las demás víctimas; distinguir claramente la reparación de la ayuda humanitaria y de los servicios sociales que el Estado presta a los ciudadanos en función de los derechos económicos y sociales; establecer una relación de complementariedad y no de exclusión entre la reparación judicial y la administrativa, y garantizar el derecho fundamental de las víctimas a la restitución de los bienes, tierras y territorios de que han sido despojadas.

 

Uno de los mayores retos de la nueva legislación es la adopción de una estructura institucional y financiera que permita aplicar y hacer posibles las nuevas medidas. Así mismo, Gobierno y Congreso deben tomarse en serio las propuestas que las víctimas han hecho a lo largo de las audiencias y debates parlamentarios. Muchas de ellas perfectamente viables. De no incluir, al menos, estos puntos, es preferible que no prospere una ley como el texto que se aprobó en 2008.

Justicia y Paz:

 

Ley de víctimas

Foto: ICTJ Colombia © 2009

 

El primer incidente de reparación en el marco de la Ley de Justicia y Paz, contra Wilson Salazar Carrascal, alias ‘El Loro’, cumplió seis meses y aún no se ha dictado el fallo (previsto para el 16 de marzo). Este caso debe servir para analizar, de manera estructural, el arreglo de la Ley 975 en materia de reparaciones. Además, surgen otras preguntas específicas sobre cómo será la reparación en justicia y paz: ¿se le impondrá al perpetrador el reconocimiento y aceptación pública de su responsabilidad en los hechos? ¿Se ordenará la publicación de apartes del fallo como medida de satisfacción? ¿Qué otras medidas simbólicas se decretarán? ¿Cuánto tiempo tomará el pago de las indemnizaciones decretadas por el Tribunal, con cargo al Fondo de Reparación de las Víctimas? Por otra parte, los operadores judiciales se confrontarán con las expectativas de reparación judicial de las 180.000 víctimas que la Fiscalía ha registrado.

Reparaciones colectivas:

 

Decreto 1290/08

Foto: Simone Bruno

 

La Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (CNRR) deberá dar cuenta de los proyectos pilotos de reparaciones colectivas que ha adelantado con ocho comunidades y grupos de víctimas. Algunos de los grupos seleccionados presentaron ya propuestas concretas de reparación y aún no es claro el trámite que se les dará. Pero, más allá de la puesta en marcha de los programas pilotos, la CNRR debe extraer las lecciones de dichos procesos para formular un plan general de reparaciones colectivas, de acuerdo con su mandato legal. Desafíos importantes serán cómo definir los colectivos víctimas y una metodología para determinar el universo de comunidades beneficiarias, cómo formular medidas genuinas de reparación en contextos de extrema pobreza y hablar de reparaciones en comunidades en medio de la guerra.

 

 


 

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